Ciudadanos Desplazados

Se consideran desplazados los usuarios que se encuentran fuera de su lugar habitual de residencia y que precisan asistencia sanitaria.

El tipo de usuario/a respecto a la situación de temporalidad/residencia a efectos del sistema sanitario del Principado de Asturias se establece en función de dos variables principales (lugar de residencia habitual/temporal y aseguramiento) y para dos contextos diferentes: respecto a un Centro de Atención Primaria determinado y respecto a la Comunidad Autónoma en su conjunto.

No se consideran desplazados a los ciudadanos/as que temporalmente residen en el ámbito de actuación de un Centro de Atención Primaria que pertenece a la misma Zona Básica o Especial de Salud de su centro habitual.

Si de forma periódica reside en distintos lugares a lo largo del año su médico habitual será el que corresponda al lugar donde permanezca más tiempo o el que considere como su residencia habitual; en el resto será atendido como "desplazado".

En todo caso, deberá acudir con su tarjeta sanitaria al centro de salud más próximo a su domicilio para solicitar la asistencia sanitaria como desplazado, pudiéndose requerir otra documentación según las circunstancias (ciudadanos de un país de la Unión Europea, de otro país con convenio...).

A los desplazados de larga duración se les proporciona un "Documento de desplazamiento temporal", con una validez de 60 días y es renovable hasta un máximo de dos veces consecutivas (180 días en total). La renovación podrá solicitarse durante los 7 días anteriores a su caducidad.

Cuando se viaja a los países de la Unión Europea  y del Espacio Económico Europeo  (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza hay que llevar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) que se solicita en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).